Residencias Permanentes – Ley 19.254.
Por Dr. José Deragón - Montevideo, 13 de abril de 2015.- Con fecha 28 de agosto de 2014, el Parlamento Nacional aprobó la Ley Nº 19.254. Mediante la aprobación de esta norma, se establece la posibilidad de obtener la residencia definitiva en Uruguay por parte de personas naturales de los demás paÃses del Mercosur, asà como a familiares de uruguayos.
Dicha normativa en su articulado establece lo siguiente:
ArtÃculo 1º.- Sustitúyese el literal B) del artÃculo 27 de la Ley Nº 18.250, de 6 de enero de 2008, por el siguiente:
"B) Otorgar y cancelar a las personas extranjeras la residencia definitiva en los casos señalados en esta ley, salvo en los de cónyuges, concubinos, padres, hermanos y nietos de uruguayos y los nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados, los que serán cometidos del Ministerio de Relaciones Exteriores".
ArtÃculo 2º.- Sustitúyese el artÃculo 33 de la Ley Nº 18.250, de 6 de enero de 2008, por el siguiente:
"ARTÃCULO 33.- Tendrán la categorÃa de residentes permanentes:
a) Los cónyuges, concubinos, padres, hermanos y nietos de uruguayos bastando que acrediten dicho vÃnculo.
b) Los nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados que acrediten dicha nacionalidad.
La solicitud de trámite de residencia podrá ser presentada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores o las Oficinas Consulares de la República.
El Ministerio de Relaciones Exteriores dará traslado al Ministerio del Interior a los efectos de que se expida respecto de los antecedentes penales del peticionario, en un plazo máximo de quince dÃas hábiles.
El Ministerio de Relaciones Exteriores deberá expedirse sobre el otorgamiento de la residencia solicitada en un plazo no mayor a treinta dÃas hábiles.
A los efectos de la reglamentación, los requisitos correspondientes no podrán resultar más exigentes que los previstos para tramitar la residencia temporal".
Con anterioridad a ley de residencia permanente, los ciudadanos de paÃses del Mercosur, solo podÃan tramitar por su sola calidad de tal, la residencia temporal en el Uruguay (hasta por dos años y prorrogable), mientras que la Ley 19.254 habilita y facilita el obtener la residencia definitiva a los extranjeros nacionales de los Estados Parte y Asociados del Mercosur, asà como también a aquellos que son cónyuges, concubinos, padres, hermanos y/o nietos de uruguayos.
Otro cambio relevante que introduce la Ley, es que la competencia para otorgar la residencia en estos casos, recaerá en el Ministerio de Relaciones Exteriores y ya no en el Ministerio del Interior (Dirección Nacional de Migraciones).
Fundamentos Normativos.
El Uruguay es respetado a nivel internacional por su apego al derecho y a los convenios internacionales, aportando fuertes garantÃas al migrante, tanto sea al turista como a quienes deciden hacer de nuestra patria, su hogar.
Nuestro paÃs nace de la integración y también conoce de cerca el desafÃo del migrante. Esta identidad y experiencia se encuentra enraizada en el pueblo uruguayo desde sus inicios, considerando la mixtura que nos dio a luz como nación y las oleadas migratorias a las que por distintos motivos experimentamos en nuestro territorio nacional.
La Ley Nº 19.254 facilita el acceso a derechos que se suman a las acciones y polÃticas orientadas a fortalecer y construir Integración, a la mejora de la gestión consular y la reforma del Estado, pilares de gestión firmemente impulsados por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
La nueva Ley Nº 19.254 surge de la necesidad de adaptar las estructuras del Estado para acompañar los desafÃos de crecimiento y desarrollo del paÃs, facilitando al migrante el acceso a sus derechos, ya sea a las familias de los compatriotas que han decidido retornar al Uruguay, como a los nacionales de esta Patria grande, que es el Mercosur.
Alcance y objetivo de la Normativa
El objetivo fundamental de la ley es facilitar la residencia permanente en la República Oriental del Uruguay a extranjeros que sean cónyuges, concubinos, padres, hermanos y/o nietos de nacionales uruguayos y a los nacionales de los Estados Partes y Asociados del Mercosur.
Se busca brindar una respuesta administrativa humana y efectiva para la regularización migratoria en el paÃs, fortaleciendo la inclusión de las y los nuevos residentes a la sociedad uruguaya, honrando los lazos que nos unen a la comunidad regional.
La nueva normativa se encuentra en plena concordancia con la Constitución de la República, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Trabajadores Migratorios y sus Familiares, el Acuerdo de Residencia Mercosur y la Ley 18.250 que regula la materia migratoria en el paÃs.
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